El Tribunal Supremo de Justicia declaró nulo el proceso ordinario contra el exprefecto de Pando, Leopoldo Fernández, acusado por la «Masacre de Porvenir», y ordenó que el caso pase a juicio de responsabilidades por tratarse de hechos ocurridos durante el ejercicio de sus funciones.

El presidente de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Carlos Ortega, informó que se declaró la nulidad del juicio ordinario contra el ex prefecto de Pando, Leopoldo Fernández, por el caso conocido como la “Masacre de Porvenir”, ocurrido en 2008. La Sala Plena del TSJ determinó que el proceso debe continuar por la vía de juicio de responsabilidades, debido a que Fernández ostentaba un cargo con fuero especial al momento de los hechos.
El TSJ instruyó que los antecedentes del caso sean remitidos al fiscal general del Estado, Roger Mariaca, para iniciar el procedimiento correspondiente.
Ortega explicó que la decisión se basa en la Sentencia Constitucional 405/2023-S4, que establece que los ex prefectos deben ser procesados mediante juicio de responsabilidades cuando los delitos atribuidos fueron cometidos en ejercicio de sus funciones. Según esta norma, la jurisdicción ordinaria nunca tuvo competencia para juzgar a Fernández por los hechos de 2008.
Fernández fue condenado en 2017 a 15 años de prisión por el delito de homicidio, junto a otras 13 personas, debido a los enfrentamientos en la localidad de El Porvenir, a 33 kilómetros de Cobija, donde fallecieron 15 personas. De acuerdo con informes internacionales, 13 de las víctimas eran campesinos afines al MAS y dos, funcionarios de la Prefectura.
En ese entonces, un grupo de campesinos y normalistas que se dirigía hacia el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) fue interceptado por funcionarios prefecturales, desencadenando una violenta confrontación.
La Fiscalía y los representantes de las víctimas habían sostenido que el delito de homicidio no debía juzgarse bajo fuero, pero el TSJ concluyó que el artículo 1, inciso i) de la Ley 2445, permite incluir cualquier otro delito cometido en funciones, lo que valida el juicio de responsabilidades.
Leopoldo Fernández estuvo en prisión entre 2008 y 2013, y luego continuó su condena en detención domiciliaria hasta 2019.




