Un decreto supremo instruye a la Agetic implementar el “Despacho Virtual del Presidente”, un sistema tecnológico que permitirá al mandatario ejercer sus funciones desde el exterior, una medida que ya genera debate político y cuestionamientos sobre su constitucionalidad.

Mediante el Decreto Supremo N° 5519, el presidente de Bolivia, Rodrigo Paz, dispuso que la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (Agetic) implemente la Oficina Virtual del Presidente y del Consejo de Ministros, denominada “Despacho Virtual del Presidente”, como canal oficial de comunicación del Órgano Ejecutivo.
La norma establece que esta plataforma deberá contar con soporte técnico permanente, sistemas cifrados y altos estándares de seguridad informática, con el objetivo de garantizar la confidencialidad de la información del Estado. Asimismo, la Agetic deberá brindar asistencia tecnológica continua para su funcionamiento.
El decreto introduce modificaciones a normas previas sobre las atribuciones de la Agetic, ampliando sus competencias para apoyar al Centro de Gobierno (CENGOB) mediante herramientas digitales que permitan el monitoreo y seguimiento de las prioridades estatales, a través de indicadores, alertas tempranas y sistemas de visualización.
La creación de este despacho virtual se complementa con el Decreto Supremo N° 5515, aprobado el 29 de diciembre de 2025, que dispone que el presidente deberá ejercer sus funciones mediante medios tecnológicos cuando se encuentre fuera del territorio nacional de forma temporal.
Esta disposición ha generado controversia en el ámbito político. Legisladores opositores consideran que la norma podría ser inconstitucional y que su finalidad sería evitar una eventual sucesión presidencial en favor del vicepresidente Edmand Lara durante ausencias del mandatario.
Desde el Gobierno se argumenta que la medida responde a la tendencia internacional de implementar reuniones y gestiones virtuales con plena validez legal, diplomática y protocolar, y que Bolivia no debe quedar al margen del desarrollo del gobierno electrónico.
El decreto también ordena la implementación de oficinas virtuales en entidades del nivel central del Estado y dispone el cierre de la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia (ADSIB), cuyas funciones serán transferidas a la Agetic, incluyendo la administración del repositorio estatal de software libre y los dominios “.bo”.




